LOS PROBLEMAS PARA NOMBRAR PÁRROCO EN SAN FRUTOS (1836…)

Pedro Hernando Arranz. 17 de setiembre de 2021

Archivo Diocesano de Segovia (ADSg) Legajo 4753

Tras la expulsión del último Prior surgen dificultades para designar párroco por lo penoso que resulta vivir en lugar tan abrupto.

Traemos aquí una secuencia de hechos al respecto.

El 28 de Diciembre de 1835 el Ministro de Gracia y Justicia escribe al Obispo de Segovia comunicándole:

«Su Majestad la Reina Gobernadora se ha servido mandar que Fray Juan Antonio Collada ex-Prior de San Frutos en la jurisdicción de Sepúlveda, fije su residencia en el pueblo de su naturaleza, u otro que él elija fuera de dicho Priorato y que Vuestra Ilustrísima provea a aquellos habitantes de la asistencia espiritual que está a cargo de dicho ex-Prior..».

Fray Rodrigo Echevarria el último Abad de Santo Domingo de Silos nos dice que Fray Juan Antonio marchó al lugar de donde era originario, en Asturias; uno más expulsado de la comunidad donde había desarrollado su vida a consecuencia de la supresión de monasterios y conventos.

El Obispo de Segovia pide un informe al Vicario de Sepúlveda y con la contestación de éste el 19 de enero de 1836, tenemos una descripción de la economía de la parroquia tras la desamortización y las dificultades de las comunicaciones por su ubicación y distancia con el núcleo del pueblo de Burgomillodo a cuyos vecinos servía.

Los principales aspectos que el Vicario, Ignacio Alonso de Tejada describe en su carta son:

-UBICACIÓN: «…Que la parroquia de San frutos antes Priorato está situada en la cima de un peñasco escarpado que forma un ángulo entrante en el profundo y angosto Valle por donde corre el río Duratón entre peñascos elevados y escarpados desde Sepúlveda hasta cerca de Carrascal del Río…»

-FELIGRESÍA «…Se compone su feligresía de 13 vecinos todos colonos del término redondo de dicho Priorato sin más propiedad que sus ganados pues hasta las casas que las habitan son del Priorato; de estos vecinos dos habitan junto a la Iglesia y uno en un batán sito al lado del río distante 1/4 de legua a la parte de arriba y los 10 restantes forman un barrio llamado el Burgo Millodo distante cerca de media legua de muy mal camino, situado al lado del río para la parte de abajo donde cesa el estrecho de las tierras y comienza el campo abierto hacia Carrascal…»

– INGRESOS Y GASTOS DE LA PARROQUIA: «…Habiéndose vendido por el Gobierno todas las propiedades del Priorato solo han quedado los productos de los diezmos y primicias que percibía el Prior sin más deducción que la casa diezmera y con solo ese producto hay que contar para la manutención del teniente, de la decencia del culto y de uno que sirva la sacristía para este servicio que lo hacía antes un criado que tenía el Prior…»

Como media de ingresos puede resultar 2.000 reales anuales «…de los que deduciendo como 800 para el Sacristán y alumbrado y demás gastos del culto quedarán como 1200 para el que ejerza el ministerio del lugar, que necesita mantener una caballería para asistir a los feligreses del Burgo…»

-LA OPCION DE ANEJAR LA PARROQUIA A OTRAS PRÓXIMAS: «…No siendo fácil encontrar un sacerdote que quiera encargarse con tan corta dotación de una parroquia que aunque corta en feligreses es muy penosa por hallarse estos diseminados en un terreno tan áspero además de ser tan triste y melancólica aquella soledad. Parecería más conveniente anejarlo a alguna de las más cercanas pero en esto se encuentran grandes dificultades; los curas de Villaseca e Hinojosas que tienen mejor camino para ir a decir misa tienen ambos anejos;  el de Navalilla sobre estar más distante tiene que pasar el río por un puente de madera que se inutiliza con facilidad y el de Carrascal que pudiera asistir a los vecinos de El Burgo por estar más cercano tiene que subir una cuesta muy penosa y de mal camino para ir a la Iglesia a decirles misa…»

«Es cierto que esos diez vecinos podrían ir a oír misa a Carrascal que dista poco más que a su Iglesia a dónde van ahora y es mejor camino pero en ese caso era preciso cerrar la parroquia del Priorato y los tres vecinos restantes quedaban abandonados en una triste soledad….»

– LOS ANTERIORES FRAILES DE LA HOZ: «…Acaso el religioso que se ha quedado por su gusto en La Hoz guardando el convento en lo que indica tener inclinación a la soledad o uno de los dos del mismo convento que están sirviendo el curato de Sebúlcor querrán servir este aunque de corto valor por vivir retirados…»

-EN CASO DE QUE TODO LO ANTERIOR FALLASE: «…si éstos no accediesen no hay otro medio que recurrir al Gobierno para que de las rentas del Priorato que percibe el Crédito Público completen la congrua del teniente como lo hicieron en los años del 20 al 23 en que le dotaron con 300 ducados…» (3.000 reales)

El Obispo de Segovia responde al Ministro el 25 de Enero diciéndole que ya ha salido para el «pueblo de su naturaleza» el ex-Prior y respecto de la provisión de párroco resume lo que el Vicario de Sepúlveda le ha expuesto, sin hacer referencia a lo que éste le dice respecto a los párrocos de pueblos vecinos, ni a los frailes de la Hoz.

Después de varios escritos de ida y vuelta, al final, el 15 de Julio de 1836 recibe el Obispo un escrito desde San Ildefonso en que el Ministro de Gracia y Justicia le viene a decir que se las arregle él mismo: «…Que la asignación que gozan los exclaustrados y los derechos de estola que debe percibir el que se encarga de la mencionada parroquia de San frutos es con grúa suficiente y que para los demás gastos indispensables del culto debe acudir a la Amortización que ha de satisfacerlos por ser una carga de Justicia con que han pasado a ella los bienes del extinguido monasterio…»

El resultado fue que hasta 1839 no hubo párroco en San Frutos y al menos para los bautizos era el de Hinojosas el que ejercía según podemos leer en la página 122 del libro de Soterraña Martín Postigo «San Frutos del Duratón» (1980).

Lo que hoy en día es para los visitante un lugar privilegiado era un sitio inhóspito cuando las condiciones de transporte, luz y calefacción eran otras…

LOS INFORTUNIOS DEL ULTIMO PRIOR DE SAN FRUTOS.

LA ABRUPTA EXPULSIÓN DE FRAY JUAN COLLADA.

Pedro Hernando Arranz 25 de Agosto de 2021

El Priorato de San Frutos sufrió tercera y definitiva exclaustración a raiz del Decreto de 25 de Julio de 1835 por el que se suprimían los monasterios y conventos que tuvieran menos de 12 residentes, (como Priorato en sí, no habían sido más que dos los que a lo largo de los ocho siglos lo habían habitado); un decreto anterior, por lo tanto, a la llegada al poder de Juan de Dios Alvarez Mendizabal en el mes de setiembre (su segundo apellido real era Mendez y para disfrazar cualquier rasgo «judaizante» lo cambió…) (1).

Fray Juan Antonio Collada había sido nombrado Prior de San Frutos en 1828 (2) y fue confirmado en el puesto en 1832 por el nuevo Abad del Monasterio de Silos al cual estaba adscrito el Priorato, D. Rodrigo Echevarria. Tras la supresión del Priorato y dado que San Frutos era a su vez Parroquia de los feligreses de Burgomillodo, Fray Juan había continuado de cura secular (ya desprendido del hábito benedictino) hasta que el 28 de diciembre fue expulsado por el Gobierno a raiz de una denuncia del que había sido comprador de los terrenos del Priorato en la desamortización 1822, desposeído de ellos por el nuevo Gobierno en 1823, y devueltos nuevamente en setiembre de 1835.

Así lo cuenta el propio Fr. Rodrigo en sus memorias escritas hacia 1850:

«En el año de 1832 era prior de San Frutos el P. Fr. Juan Collada y yo le confirmé para el mismo oficio, en que estuvo hasta la exclaustración de el año 1835, y hubiera permanecido allí precisa y solamente de cura, a no haberle desterrado el Gobierno, por haber él resistido la entrega de los bienes del Priorato, que en el año de 1822 había comprado un vecino de Sepúlveda, y pedía bienes que no constaban de la escritura de venta; y por aquí se echa de ver que el Gobierno no trataba tanto de la adquisición de nuestros bienes, como de aniquilar la yglesia, contentando y lisongeando a los compradores de dichos bienes, tan iniquos como el Gobierno. No sé quién sirve aquel curato, tal vez el gobierno eclesiástico de Segovia lo habrá anejado a otra parroquia.» (3)

El propio Fray Juan Collada lo dice en una exposición que traslada a la Reina en Mayo de 1835 quejándose de la falsa denuncia que sobre él había vertido el comprador, Antonio Redondo, vecino de Madrid, que quería apropiarse de terrenos que no estaban comprendidos en los comprados por él en la desamortización de 1822, por lo que el Prior había puesto esa irregularidad en conocimiento de la autoridad en Segovia. Le duele especialmente, aparte de ser desposeído de un medio de sustento, el ver su honor mancillado.

Transcribo a continuación el texto completo de su exposición a la Reina Isabel II (4) para conocer el detalle de los hechos y también así poder percibir el tono de queja que transmite; el resultado fue realmente nulo pues el Ministerio de Gracia y Justicia contestó el 10 de julio desde San Ildefonso con un: «a lo resuelto»

«SEÑORA

D. Juan Collada, Presbítero residente en Burgomillodo exPrior y Cura Párroco de San Frutos de la suprimida Orden de San Benito en la Diócesis de Segovia A.L.R.P. de VM con el debido respeto hace presente : que como dicho pueblo de San Frutos fue Priorato de la expresada Orden suprimida y el expresado se hallase antes del Decreto de su extinción ejerciendo por precepto de su Orden la Cura de Almas del mismo, a la extinción, quedó y siguió en el mismo concepto puesto que nada se prevenía en el decreto de ella, como ni hasta el día se previno, acerca de éste ni de otros casos iguales; por cuya razón miraba el exponente como de una propiedad la Cura de Almas, a lo menos mientras no se adoptase una medida general o el mediar motivos fundados para otra cosa. Persuadido como lo estaba de esa verdad y no obstante el testimonio de su conciencia que descansaba sobre hechos que le garantizaban su permanencia allí; en 28 de Diciembre del año pasado se le comunicó una orden por la que se le separó del ejercicio parroquial del Pueblo; orden que si bien fue obedecida al momento por el exponente, no pudo menos de llenarle de aflicción y amargura, no tanto por la pérdida de intereses, cuanto que ella fue objeto de una sorpresa, so el pretexto especioso de que él contrariaba la Ordene del Gobierno, como supuso el autor de todo y a cuya sombra logró que se pronunciara contra él tan terrible anatema. Una enfermedad que por desgracia le sobrevino en aquel entonces y que hasta hace muy poco no convaleció le impidió dirigirse en queja a V.M. para manifestar los verdaderos motivos, y en ellos la sinrazón con que se le atropelló. Más hoy que por fortuna es otra ya su salud hará ver que tan lejos de haber sido su contraventor o perturbador de la propiedad, que es todo lo contrario. D. Antonio Redondo, vecino de Madrid, fue comprador en la época del 20 al 23 de ciertos terrenos del Pueblo de San Frutos, como pertenecientes a la suprimida Orden, y como tal y por efecto de las Órdenes recientes sobre reintegro de los mismos bienes, trató, y en eso hizo muy bien, de volverse a ellos; comisionó a un Apoderado, el cual, ya fuese, o por las equivocadas instrucciones de su principal Redondo, o por que se quisiera propasar a más, se empeñó en posesionarse de otras fincas que no habían sido compradas por Redondo, y las que las una pertenecían a los vecinos o procomunal del Pueblo de Sepúlveda por haberlas ganado al Monasterio en juicio contradictorio, y otras a la Caja de Amortización como bienes nacionales, por no haber sido vendidas en la época expresada; lo que advertido por el que le representa, no pudo menos de hacérselo así presente, y aun demostrándoselo topográficamente con documentos; pero como esta advertencia y demostración, no bastase al Apoderado y quisiese seguir con su idea, el que habla dio el oportuno aviso y lo dio porque creía, y a su parecer bien , porque estaba obligado a ello, al encargado en Segovia de estos bienes, para que pusiese coto a las demasías, o ya sea usurpaciones del Redondo, y quien desde luego cedió por lo perteneciente a la Villa de Sepúlveda, pero no así por lo demás. Una medida que no tiene, ni puede tener otro colorido, y mírese como se quiera, que el bien de la misma Nación y sus intereses, fue graduada por el Redondo como perturbadora de la propiedad y calificada además con otros dictados y consecuencias propios tan solo del interés y pasiones particulares, pero ella lo bastante para privar al que dice del ejercicio parroquial del Pueblo de San Frutos, cuando debía ser todo los contrario. A V.M. toca ahora, informándose en Segovia de la verdad de estos hechos, de la conducta política y moral del mismo, allí donde se quiere reparar este agravio, tanto más justo y debido, cuanto que ha sido herido injustamente en su conducta por beneficiar a los intereses de la Nación y contrariar a las usurpaciones de un particular comprador en perjuicio de ella. El que representa, Señora, es tan amante como el primero del Trono de V.M. y las instituciones reinantes, nunca pensó en hostilizar las órdenes superiores pues sabe el respeto que se merecen. Si otras consideraciones aconsejan su separación, hágase enhorabuena, pero nunca sea motivada de negros colores que no hay, no se le añada pues amargura sobre amargura. Por todo lo cual,

A V.M. suplica que por lo expuesto y previos los informes oportunos sobre lo dicho y su conducta política y moral, se digne, hallándoles conformes y verídicos, como no puede ser menos, reponerle en la Cura de Almas del pueblo de San Frutos y repararle su honra para que no le sirva de perjuicio en tiempo alguno las expresiones o dictados vertidas por el tal Redondo, en la queja de motivó su separación. Así lo espera merecer de la notoria justificación y rectitud de su O.V..

Madrid, 11 de mayo de 1836.

                                                           En virtud de encargo particular,

                                                           Fdo. Andrés Gutierrez«

(1) https://dbe.rah.es/biografias/9385/juan-de-dios-alvarez-mendez

(2) Soterraaña MARTIN POSTIGO. San Frutos del Duratón. 1980, pag. 156

(3) AMS. Echevarría, 1, (olim Ms 22) pp. 36-37

(4) AHN Consejos. Legajo 12.052. Apartado 7

LAS EXPULSIONES DE FRAILES EN EL SIGLO XIX Y EL CONVENTO DE LA HOZ (1)

Pedro Hernando Arranz 21 de Agosto de 2021

LA EXCLAUSTRACIÓN DE 1809

A modo de resumen, los episodios de supresión de conventos y consecuente expulsión de los frailes moradores que tuvieron lugar en el convulso siglo XIX, dieron comienzo con el Decreto de 8 de agosto de 1809 obra de José Bonaparte, siguieron con el Decreto de 25 de octubre de 1820, al inicio del Gobierno liberal y culminaron con los Decretos de 25 de julio de 1835 y 8 de marzo de 1836 con los Gobiernos de Toreno y Mendizabal respectivamente.

Al Decreto de José Bonaparte le siguió la restauración y retorno de los religiosos en 1814 a la vuelta del exilio de Fernando VII, y al de 1820 la restauración de 1823 tras la llegada de los Cien mil hijos de San Luis. El cierre definitivo de los conventos ocurrió con la supresión de 1835 y 1836.

Al convento de la Hoz al igual que a sus vecinos, el de Fuentidueña y el Priorato de San Frutos le tocó lidiar con las normas de supresión: en 1809 salieron los frailes del convento y no regresaron hasta 1814; en 1820 se libró de la exclaustración porque argumentó tener el mínimo de doce frailes que le era exigido para poder mantenerse abierto; en agosto de 1835 fue el cierre definitivo y la exclaustración sin retorno.

Veamos todo esto con un poco más de detalle. Maximiliano Barrio en su libro «Segovia, ciudad conventual; el clero regular al final del Antiguo Régimen (1768-1836)» hace un detallado recorrido por lo sucedido con los conventos de Segovia capital que nos puede servir de contexto y analogía para completar los datos que hemos recogido sobre lo ocurrido con el convento de la Hoz.

En lo que se refiere a la primera exclaustración, la de 1809 el convento de la Hoz tuvo bastante más suerte que la de los de Segovia capital, pues la práctica totalidad de éstos quedó destruida por las tropas francesas al alojarse en ellos y producir saqueos y destrozos (1). En los primeros días de setiembre se les notifica la extinción de los conventos dándoles un plazo de quince días para dejar el claustro y vestir los hábitos del clero secular, el de los curas de parroquias.

Por apuntes del Libro de gasto de Maravedís del convento de la Hoz (2) sabemos que todos los frailes menos dos que «se quedaron a cuidar el convento» se dispersaron, pero el edificio del convento no sufrió daños ni saqueos; se deduce del hecho de que en el libro de gastos citado no aparece ningún apunte que haga referencia a reparaciones ni compra de objetos o utensilios tras la vuelta de los religiosos en 1814; su escabrosa ubicación hizo que no quedara en el foco de utilidad a las tropas francesas.

Po la época de la primera exclaustración, en 1809, el convento de la Hoz tendría unos doce religiosos, si hacemos la cuenta por el número de «calendarios», libros de oficios (epactas), que compraban en cada año y que recoge el ya citado Libro de Gasto de Maravedís; en tiempos anteriores el número de religiosos era mayor: el Catastro de ensenada de 1752 recoge cuarenta frailes; el censo de Floridablanca de 1786, 31 (2). Las políticas restrictivas respecto a la entrada de nuevas vocaciones a los conventos promovidas por los distintos gobiernos de corte liberal habían conseguido que se redujera considerablemente el número de religiosos. Por ejemplo, el convento de San Francisco en Segovia capital, que en 1805 tenía 75 religiosos, había llegado a tener 200 en el siglo anterior (4).

Tal com hemos dicho, dos «…se quedaron guardando el convento»; así viene reflejado en un apunte de 70 maravedís del «Libro de Gasto de maravedís» en el año 1810; probablemente fuese el gasto para la compra del nuevo hábito secular que debían vestir, pues así sucedía en el convento franciscano de Segovia donde de los 75 que había permanecieron 20 en el durante la ocupación francesa (5).

Y qué ocurría con los frailes que debían abandonar el convento en 1809?. El Decreto de 8 de Agosto de 1809, publicado en la Gaceta de Madrid el 21 de Agosto en su artículo 2º rezaba» Los regulares secularizados deberán residir en los pueblos done han nacido y recibir una pensión de la Tesorería Provincial» y los que no puedan trasladarse a su lugar de origen, serán ubicados donde disponga el Ministerio de Asuntos Eclesiásticos (artículo 3º). A su vez el artículo 7º disponía: «Se procurará que a todos los religiosos se les dé un cargo dentro del clero secular…de acuerdo con sus méritos»; es decir, se les procuraría ubicar en las parroquias. Las pensiones anunciadas o no se pagaron o se hacía tarde, lo que condujo a muchos ex-frailes a tener que recurrir a la mendicidad.

En lo que respecta al destino de los frailes del convento de la Hoz disponemos de algunos datos a partir del «Quaderno para el Gobierno de los Regulares que se van asignando a las Parroquias de esta Ciudad y Pueblos de su Obispado en virtud de la Reales Órdenes que tratan del asunto. Año 1809» (6). Así en El Valle de Tabladillo «…se asignó a su Parroquia para que le sirva de teniente a D. Pedro Pedrosa, exregular de La Hoz» . Este religioso figuraba en Julio de 1809 como miembro del equipo gobierno de la Comunidad del convento (con el título de «discreto») en el «Libro de Recibo de maravedís». En Barbolla recaló Francisco Hevia. En Santiago de Pedraza, Pedro García que asimismo aparece en citado Libro de Gastos, en Junio de 1807; en Navalilla Bernardo Gil Montero, Guardian (Superior) que fue del Convento ; en Urueñas, Manuel Vergara, también incluído en el Libro de Gasto.

En otro documento de 1811 (7) en Fuenterrebollo residía y coadyuvaba en la Parroquia Bernardino del Pozo, que en 1815 aparece reintegrado al Convento en el Libro de Gasto y asímismo, y también reintegrado al Convento, en la Parroquia de Cantalejo, Pedro Fraguas.

Todo esto hasta la restauración en 1814 tras la derrota de los franceses y la llegada del exilio de Fernando VII, de la que trataremos en la próxima entrega.

(1) Libro citado, pag 105-114

(2) Maximiliano BARRIO: Estudio socioeconómico de la Iglesia de Segovia en el Siglo XVIII (1982). Pag. 606-607

(3) AHN Hacienda Libro xxx

(4) AHN. Clero regular y secular legajo 6.486

(5) Ibidem

(6) ADSg Legajo 5471

(7) Ibidem

PARAJES DE FUENTEPIÑEL(SEGOVIA)

EXTRAÍDOS DEL CATASTRO DEL MARQUES DE LA ENSENADA (1752) Y DEL CATASTRO DE 1934

FUENTE: AHPSg

A) CATASTRO 1934

CATASTRO 1934 
 
POLÍGONO 1: 
CANTON DE CALABAZAS 
COTARRO DORMILÓN 
CUESTA DE LA GORDA 
REALMENTE 
CORRAL DEL ENEBRO 
 
POLÍGONO 2: 
LOS PRADEJONES 
LAS MACUCAS 
 
POLÍGONO 3: 
CERCA REDONDA 
LAS CORRALIZAS 
LAS PRABOLLERAS 
EL MEDIANERO 
POZO MORENO 
CASETA DEL CARRASCAL 
 
POLÍGONO 4: 
EL JUNCAREJO 
POZO MORENO 
LA DEHESILLA 
LASTRA CAÍDA 
 
POLÍGONO 5: 
LAS COTARRILLAS 
CAMINO DE CALABAZAS 
LASTRA CAÍDA 
LA POZA 
PEÑARANDA DE LAS VEGUILLAS 
CAÑADA DE LA PEÑA LA LOBA 
 
POLÍGONO 6: 
LOS LLANOS 
LAS DELGADAS 
 
POLÍGONO 7: 
LOS LLANOS 
CINCO PRESTALES 
VALHONDO 
 
POLÍGONO 8: 
LA  DEHESA 
LAS CORRALBAS 
LA POZA 
 
POLÍGONO 9: 
LAS CORRALBAS 
VALHONDO 
 
POLÍGONO 10: 
 
POLÍGONO 11 
LA RAPOSA 
LA FRAGUA 
CUESTA DE FUENTE EL OLMO 
LLANO DE CARRAVILLA 
EL BARQUILLO 
LOS AULAGARES 
CRUZ DE LA HOYADILLA 
 
POLÍGONO 12: 
LA CHANERA 
EL POZO 
LAS VEGUILLAS 
 
 
POLÍGONO 13: 
CAMINO REAL 
ATALAYA 
EL ROMO 
 
POLÍGONO 14: 
LAS VEGUILLAS 
CRUZ DE LA HOYADILLA 
LA ASPERRILLA 
CARRAFUENTESAUCO 
 
POLÍGONO 15: 
PRADOS DE ABAJO 
EL PARRALON 
CARRAFUENTESAUCO 
 
POLÍGONO 16: 
LA MESILLA 
VEGA ANGULEMA 
CUESTA DE LA CABRA 
EL VALLEJO DE COZUELOS 
EL RÚCELO 
PRADOS DE ABAJO 
TARAVENTAL 
EL GRIGO 
CAMINO DE HONTALVILLA 
CAÑADA VEGUILLAS 
 
POLÍGONO 17: 
LOS MAJANARES 
LAS CABALLAS 
LA CRUCETILLA 
LA CANTERA 
VALLEJO DE COZUELOS 
LA CASOTA 
 
POLÍGONO 18: 
CORRAL DE BLAS 
CAMINO VECINAL DE CHICHARRA A FUENTPIÑEL
 
POLÍGONO 19: 
LOS ANISALES 
EL PRADO 
LA REVILLA 
EL SOBACO 
PEÑA VILANO 
LOS CHARCOS 
 
POLÍGONO 20-21: 
EL CAMPILLO 
LA REGAJADA 
EL HONDÓN 
EL ARROYAL 
PRADO DEL REY 
EL CAÑUELO 
SAN ROQUE 
CEMENTERIO 
 
POLÍGONO 22: 
EL CANTON 
EL MEDIANERO 
CAÑADA DE LA PEÑA LA LOBA 
DESCANSADERO 
LAS CONCEJERAS 
LA DEHESA 
CAMINO REAL 
TENADA 
LAVADERO 
 
POLÍGONO 23: 
LOS CUBONES 
CUESTA DEL TERRERO 
EL RAMAL 
LA COGORRA 
 
POLÍGONO 24: 
CUESTA DE LA SERNA 
SAN MAMÉS 
 
POLÍGONO 25: 
LAS PILAS 
CAMINO DE CALABAZAS 
LAS FUENTES 
LAS CASERIZAS    
B) CATASTRO DE ENSENADA 1752
 
CABILDO CATEDRAL 
LA POZA 
LOS OLMOS 
EL POZO 
EL VIGÜELO 
LA REVILLA 
LA CANTERA 
EL CAÑUELO 
SAN ROQUE 
LA LAGUNA 
EL ARROYAL 
LA CARRETERA 
EL VALLEJO DE COZUELOS
LAS BEGUILLAS 
ESA NUÑO 
CARRAPINAR 
PRADO DEL REY 
EL VALLEJO 
LA CARREGÜELA 
LA ATALAIA 
BALDEPIÑEL 
EL ROMO 
LA MIMBRERA 
LA GALLEGA 
PREVALLES 
EL PORTILLO 
 
CAPELLANIA GONZALEZ DE CONTRERAS
LA POZA 
SAN ROQUE 
CARRAPINAR 
VALLEJO DE COZUELOS 
CUESTA DE LA CABRA 
DETTRAS DE LA REVILLA 
LAS TALANQUERAS 
LAS CANÓNIGAS 
EL ARROYO 
LA DEHESA 
PRADO DEL REY 
DEHESA NUÑO 
LA HOYADILLA 
POZO DE LAS HERAS 
EL ONTANAR 
LOS MAJANARES 
LA CRUCECILLA 
LA CANTERA 
LA REVILLA 
ANGOSTO DEL VALLEJO 
CAÑADA DEL PRADO DEL REY
LA ZARZUELA 
CAMINO DE SAN MAMÉS 
CUESTA DEL TERRERO 
EL CUBON 
CUESTA DEL CARRASCAL 
LA CABEZADA 
EL MORALEJO 
DESA NUÑO 

EL CONVENTO DE LA HOZ: UN LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE CASTIGOS.

Pedro Hernando Arranz Madrid 10 de julio de 2021

Por su ubicación, alejado de cualquier población y de difícil acceso el Convento de la Hoz era un lugar adecuado para la reclusión de aquellos frailes de la Provincia franciscana de la Inmaculada Concepción que con arreglo al régimen disciplinario de la orden eran merecedores de castigo.

Tenemos un ejemplo en el caso que Guillermo Herrero cita en su reciente libro, «SAN FRUTOS, UN EREMITA EN EL BARRANCO SAGRADO DEL DURATÓN», pag. 127 recogiendo una referencia de Alfonso Zorrilla Gasque en el Archivo Histórico Nacional (Clero, legajo 6491).

En el archivo citado he consultado el documento completo que he creído interesante transcribir porque en él podemos ver ejemplificado un aspecto de la vida y costumbres de la orden franciscana, el referido a su régimen disciplinario.

Se trata de una sentencia dictada por el Definitorio, máximo órgano de gobierno de la Provincia franciscana de la Inmaculada Concepción ( la referencia espacial equivaldría más o menos a lo que era en tiempos Castilla la Vieja), con sede en Valladolid, contra un fraile del Convento franciscano de Almazan, que en el momento de dictarse, el 10 de enero de 1718, estaba cumpliendo castigo preventivo en el convento de Segovia. Se le condena entre otros por los delitos de perjuro, hurto sacrílego, apostasía, violencia contra su superior… y se le ordena al Padre Guardián (el Superior del convento) de Segovia a que sea leida la sentencia delante de toda la comunidad (en esa época unos setenta frailes).

Dice así:

«En el Convento de San Francisco de Valladolid en diez de enero de mil setecientos y dieciocho, en el Capítulo intermedio celebrado en dicho Convento legítimamente congregados en Definitorio los Muy Reverendos Padres fray Antonio de el Campo, Lector jubilado, Ministro Provincial y Presidente= Ntro. M. R .P. Juan García Feijoo, Lector jubilado, Procurador General y Padre más digno; Fray Diego de Velasco, Lector jubilado, Padre de la Provincia y Definidor Subrogado; fray Manuel Rodriguez Marqués, Lector jubilado y Padre inmediato; fray Pedro Revilla, Predicador General y Definidor; fray Miguel Gonzalez, Predicador y Definidor y fray Alonso Fernandez, Predicador y Definidor.

Visto el proceso hecho por el Muy Reverendo Padre Provincial contra el P. fray Gerónimo Tello, Sacerdote y morador que era en el Convento de San Francisco de Almazán y al presente están in domo discipline en el Convento de San Francisco de Segovia por cuyo Guardián se le tomó confesión con comisión de Nuestro Padre Provincial, por la cual y por otra que en la Villa de Madrid tomó a dicho reo el Reverendo Padre Comisario de Corte (y está agregada a los Autos) consta estar dicho reo en parte convicto y en todo confeso de grandes delitos como son, Perjuro, hurto Sacrílego, propietario, ingecución (sic) de manos violentas contra su Guardián, fuga de la Casa de la disciplina donde estaba puesto por su Guardián, apostasía, tratar de contratar pecunia, prevención de hábito secular y otros delitos y escándalos como más largamente consta de sus confesiones y dicho proceso. Por lo cual, vistos los méritos y que los delitos son gravísimos y que por ellos merecería gravísimas penas  usando de piedad y misericordia, mirando más a su corrección que al castigo y atendiendo al tiempo que en Madrid y en Segovia ha estado in domo discipline y a los achaques que padece, conformándonos con las disposiciones…hallamos que debemos corregir y corregimos: sentenciar y sentenciamos a dicho fray Gerónimo Tello reo a dos meses de cárcel formal, privación de actos legítimos por tres años sin dispensación alguna y reclusión intra claustra por espacio de otros tres años, sin comercio ni trato alguno con seglares en el Convento de Nuestra Señora de los Angeles de la Hoz, con apercibimiento que si no se enmendase y reincidiese en alguno o algunos de los delitos referidos se le echará la pena de galeras y se procederá contra él con todo rigor de el dicho aplicándole todas las demás penas que prescriben las Constituciones Generales contra los que reinciden después de corregidos y castigado. Que esta sentencia se la intimará en Comunidad el Reverendo Padre fray Mateo Valdés, Lector Jubilado y Guardián del convento de Nuestro Padre San Francisco de la ciudad de Segovia y le dará una disciplina y pondrá al pie de esta sentencia o su traslado auténtico la respuesta de dicho fray Gerónimo Tello reo: y así, definitivamente sentenciado lo pronunciamos y firmamos en sobre dicho Convento dicho día, mes y año= fray Antonio del Campo, Ministro Provincial, fray Juan García Feijoo, Padre más digno…«

«Concuerda con el original a que me remito, y en prueba de ello lo signé y firmé en doce de enero de3 este año de mil y setecientos y dieciocho.

En testimonio de la verdad

Fray Antonio Mondatigui, Secretario de la Provincia«

«En el dicho Convento de Nuestro Padre San Francisco de la Ciudad de Segovia, el Reverendo Padre fray Mateo Valdés, Lector Jubilado de la Santísima Provincia de Santiago y Guardián del sobredicho Convento, habiendo juntado toda la Comunidad al son de Campana en el coro me entregó en presencia de toda la Comunidad esta sentencia para que la leyese la cual leí yo Fray Fernando Martín , Lector de Teología del sobredicho Convento el día diecisiete de enero de este presente año de mil y setecientos y dieciocho, estando presente el P. Fray Gerónimo Tello y toda la Comunidad, habiendo precedido primero el haberle dado una disciplina delante de todos los Religiosos y preguntando dicho Reverendo Padre Guardián a dicho Fray Gerónimo Tello delante de toda la Comunidad si había oído y entendido la sentencia que el Venerable Definitorio le había dado y qué respondía a ello?. Dijo que toda la había oído y entendido y que la admitía sin réplica ni repugnancia alguna como tan justa y piadosa y para que conste lo firmó dicho Fray Gerónimo Tello con el Reverendo Padre Guardián ante mí el dicho día, mes y año

            Fray Mateo Valdés                                         Fray Gerónimo Tello

            Guardián

                                                                                   Ante mí

                                                                                   Fernando Martín«

AÑO 1764: LA ECONOMÍA DEL CONVENTO DE LA HOZ.

Pedro Hernando Arranz. Madrid 26 de Junio de 2021

En el encargo que en 1764 el Obispo de Segovia, Manuel Murillo y Argaiz, hace a todos los vicarios de la Diócesis para que le den noticias de la situación de los monasterios y conventos (en total su número era algo más de una veintena), se incluye obviamente el de Nuestra Señora de los Angeles de las Hoz.

Es así que el el 22 de Agosto de 1764, Andrés de Aragoneses, vicario de Sepúlveda procede a llevar a efecto la «comisión» encomendada, de la que había dado aviso previamente al Padre Guardian, y en el propio convento se entrevista con el éste, fray Bernardo Concellon.

Primeramente dijo él que eran treinta y ocho los religiosos que por lo regular residían en el convento: «…los veinte Sacerdotes, doce Choristas estudiando Philosofía, tres legos y tres Donados..»… «donados» eran por lo general seglares que vivían en el convento haciendo labores de servicio.

Podemos imaginarnos 38 personas conviviendo en el espacio del convento, en sus rezos comunitarios, procesiones por el claustro, cánticos, comida en el refectorio, trabajos de huerta y mantenimiento del edificio y la noria, así como el tránsito por los escarpados senderos que lo rodean. Ahora solamente percibimos abandono, soledad y silencio, algo completamente diferente al silente bullicio de vida cotidiana cuando estaba habitado.

El mantenimiento de 38 personas y los gastos del convento debían ser necesariamente cuantiosos y en consecuencia era necesario generar ingresos suficientes aunque fuese austero su régimen de vida.

El documento señala los principales epígrafes de gastos e ingresos y permite conocer, por ejemplo, en lo que a estos últimos se refiere, en qué proporción se distribuían los diferentes conceptos de lo que en términos generales agrupamos en el genérico de «limosnas» propio de los frailes mendicantes.

Para la manutención y alimentos en cada año se gastan ochocientos reales de vellón por persona , en total 30.400 reales. Aquí se refleja una media de gasto; un detalle de conceptos de suministros de bienes y servicios, ( resulta ciertamente muy curioso ) podemos verlo en el Libro de Gasto de Maravedís que transcribo parcialmente en otra entrada de este blog.

Para «…vestuario, sandalias y paños menores, doscientos reales a cada religioso, en que entran los socorros de los religiosos enfermos y sanos …»·. Suman 7.600 reales.

Asimismo, para «…reparos de ropas de Iglesia, Sachristía, aceite para la Luminaria y gasto de toda zera…» 1.000 reales.

Continúa con reparos del convento y gasto de Huéspedes que asciende a 1.000 reales.

En el Convento había dos criados, uno para la recua y otro pastor que para su manutención y soldadas se gastaban 2.200 reales.

En 1.500 reales se tasa el gasto de 150 fanegas de cebada para la recua.

«…Importa el gasto anual que se regula para un año a un calculo prudente por un decenio sacado de los Libros de Cuentas del Convento, entrando toda especie de consumo cuarenta y tresmil y doscientos cincuenta reales de vellón…» 40.250 reales

Y en lo que se refiere a los ingresos «de limosnas»

Primeramente «… percibe de limosnas mil novecientos y noventa y nueve reales y dos maravedís cada un año del Patronato de la Iglesia Memorias y Aniversarios que anualmente se cumplen en este convento con la carga anual de veinte y cinco misas cantadas y trescientas y quince rezadas…» 1.999 reales y 2 maravedís.

También 17. 000 reales de las misas que se celebran los religiosos en en el año devoción a nuestra señora y «…otros santuarios, sueltas y testamentales…».

Continúa, «…Ytem por lo regular es ingreso anual diez mil reales de vellón limosna que se contribuye de sermones de Cuaresma, Semana Santa y entreaño…». 10.000

Recibe de limosna de hábitos de difuntos utilizados como sudario según costumbre de la época; también de «conmutaciones», es decir ventas o aprovechamientos y de «despojos», 2.500.

2.300 reales de limosna «…voluntaria que dan los fieles sin cargo alguno…»

Por la venta de 300 fanegas de trigo que se sacan de limosnas «…y que se consumen en el gasto anual de pan de esta Comunidad…«, 3.900 reales .

Por último, 225 reales de la limosna de una arroba de cera que dan los fieles de limosna.

Una fuente principal de los ingresos lo constituye lo que Manuel Revuelta Gonzalez, un erudito en materia de exclaustración y política religiosa en el siglo XIX define como «servicios apostólicos retribuídos» y especialmente los que provienen de los sermones que en pueblos vecinos eran encargados a los frailes del convento; estos encargos solían con frecuencia ser objeto de litigios principalmente entre conventos de frailes franciscanos y dominicos (AHN leg 6260).

El balance de ingresos y gastos es: total ingresos 44.024 reales y total gastos 43.250. Excede el ingreso al gasto en 774 reales, aunque se apostilla en el documento que «…sin entrar en las obras extraordinarias que muchas veces se juzgan precisas, por las cuales se halla hoy empeñado en cuatro mil reales de vellón, aunque al presente se halla con cincuenta carneros, diez libras de cera ocho @ de pescado y otros muy tenues efectos…»

Y termina el documento de esta forma: «…Todo lo cual arriba referido se ratificó y ratificas ser la verdad y lo que debe declarar en virtud del juramento qué ha hecho y consta de cartas cuenta que obran en poder del padre guardián y para que conste donde convenga lo firma con dicho señor comisionado; dicho día mes y año…».

Con este documento obtenemos un reflejo de la economía del Convento de la Hoz, al poder ver de forma esquemática los principales conceptos por los que se ingresaban recursos y en qué gastos se empleaban y constituye por tanto un testimonio del aspecto económico y vivencial de esta comunidad franciscana.

UNA FACETA DE LA ECONOMÍA DEL PRIORATO DE SAN FRUTOS: REPRESENTAR UNA FUENTE DE RECURSOS PARA EL MONASTERIO DE SILOS

Pedro Hernando Arranz. 18 de Junio de 2021

El Privilegio de Alfonso VI del año 1076 por el que concede al Monasterio de Santo Domingo de Silos el término de Burgomillodo especifica el «para qué» de tal donación; y dice al respecto: «…tibi Fortunio Abati uel collegio fratum pro luminaria ecclesie uestre atque stipendia uestrorum uel pauperum ibiden degentium atque aduenientium offero,… sacris altaribus predictis paruum munusculum, scilicet illum locum quod ab antiquitate Sanctus Frutus uocatur in quo requiescit santissimum corpus illios…» (este texto está tomado de la pag 207 del libro de Soteraña Martín Postigo: «San Frutos del Duratón» 1980); su traducción, de la copia que se conserva en la sacristía de la Iglesia de Sebulcor y que viene recogida en las páginas 72 y 73 del libro de Carlos Santa Engracia «Convento de la Hoz. Diario de una investigación». 2005. Es como sigue, «…a tí Fortunio Abad y colegio de los hermanos para la iluminaria de vuestra Iglesia y estipendio de los vuestros o de los pobres que viven ahí y que vinieren…a los Sagrados Altares sobre dichos, un pequeño Don, es a saber, aquel lugar que desde la antigüedad se llama San Frutos, en el que descansa su Santísimo cuerpo…»

La donación por lo tanto tiene como finalidad…»el estipendio de los vuestros», es decir se trata de una contribución al sostenimiento del Monasterio de Silos, a obtener de la puesta en valor del espacio donado, mediante los frutos obtenidos en el término con la labranza de las tierras, el pastoreo del ganado y el uso del río.

El P. Rodrigo Echevarria, Abad de Silos y posteriormente Obispo de Segovia hacia 1850 dejó escritas unas crónicas (FEROTIN Marius: Histoire de L´Abbaye de Silos pag. 194) y en referencia al Priorato de San Frutos y su contribución al Monasterio de Silos, cuenta:

«El priorato de San Frutos es el que más rendía al monasterio por el buen orden que se había establecido para la prosperidad de los colonos, que necesariamente refluía a sus señores. En San Frutos toda la propiedad de labor estaba reducida a tantas partes o quiñones quantos eran los vecinos, y éstos no podían aumentarse en su número. Las casas eran tantas quantos los vecinos, y eran del monasterio que tenía la obligación de repararlas o hacerlas nuevas si era necesario. En una parte del río solo podían pesar el molinero y el batanero, que pagaban al priorato una renta por estos dos ramos de industria, y tanto el batán como el molino eran también reparados o redificados a espensas del monasterio.

El monte era común a todos los vecinos, pero rigurosamente velado por el guarda que nombraba y pagaba el Prior. De este sistema de gobierno resultaba que los vecinos todos eran igualmente acomodados, si eran igualmente laboriosos; y de aquí venía también el que pagaban al monasterio la renta con el menor daño posible de parte de ellos, sin que jamás les viniese al pensamiento envidiar la suerte de los labradores proprietarios, pues que no hay propiedad más apreciable, que la seguridad de haber de pasarlo bien toda la vida en el estado en que la Providencia ha constituido a cada uno.” (AMS. Echevarría, 1, (olim Ms 22) pp. 36-3

Para conocer cual podía ser la cuantía con la que el Priorato contribuía al Monasterio de Silos, podemos analizar un documento de Agosto de 1764 (ADSg caja 4751), en el que se recoge el cumplimiento del encargo que al Vicario de Sepúlveda, Andrés de Aragoneses, le hizo junto al resto de la diócesis el Obispo de Segovia en aras a conocer cual era la economía de los monasterios y conventos bajo su jurisdicción; para ello visitó y se entrevistó con los superiores del monasterio bernardo de Sacramenia, de los franciscanos de Fuentidueña y Los Angeles de la Hoz y del Priorato benedictino de San Frutos.

Dijo el entonces Prior, fray Lorenzo Barrio que «…si hay sobrante o falta de los productos de Monasterio lo recibe o suple el Monasterio de Santo Domingo de Silos…»

En el documento vienen recogidos distintos epígrafes de ingresos y gastos anuales referidos al promedio de un decenio, tal como requería la encomienda del Obispo.

«…Importan los productos y rentas que regulados por un decenio tiene el Monasterio de San Frutos en cada un año ocho mil ochenta y siete y diecisiete maravedís…»; los gastos ascendían a 5.752 reales y 6 maravedís, por lo que «…viene a quedar de producto dos mil trescientos treinta y cinco reales (2.335) y once maravedís…»

A falta de un estudio más amplio de la economía de San Frutos, a partir del estudio de los libros de depósito, mayordomía granero y rentas del Archivo del Monasterio de Silos, que tengo previsto emprender, algunas otras referencias de aportaciones a Silos en diferentes años vienen recogidas en el ya citado libro de Soterraña Martín Postigo (pag. 161 a 169):

Año 1596. «Paga el priorato de San frutos 10000 maravedís por Navidad a esta casa «(Silos)

En algunos tiempos la economía del Priorato no era precisamente boyante porque en el año 1668 «…Este priorato paga a esta casa 10000 maravedís para alumbrar una lámpara del cuerpo del Santo; a muchos años que no se cobran ni los puede pagar el priorato por sus empeños y extrema necesidad…»

En el Consejo de Silos celebrado el 28 de diciembre de 1699 se acuerda «dé el priorato a la casa las rentas de trigo y centeno dejando para el sustento del prior compañeros y criados el pan de diezmos las rentas del Molino batán y renta cisa [en metálico] y demás aprovechamientos del priorato»

En 1672 de las 120 libras de lino se les permite quedarse con 50 libras para manteles servilletas amitos y otra ropa blanca para el servicio de la casa e Iglesia

En 1674 se les deja la renta de lino en su totalidad

El documento de Agosto de 1764 citado se recogen los capítulos de gastos e ingresos; respecto de los primeros en primer lugar se cuantifica por conjunto el gasto de cada uno de los dos monjes en 2.200 reales, 4.400 para los dos, en los que se incluyen 400 para la manutención de dos criados y «… trescientos y noventa reales que el P. Abad (de Silos ) les contribuye para hábitos…»

Otras partidas de gastos son: 400 reales para gastos de huéspedes, 290 para «…cera, aceite para la luminaria y ropas de Iglesia…», 240 para «…curar las enfermedades que sobrevienen a los religiosos…» y 300 » …por mero reparo de composición del Monasterio, un Molino, su Presa, un Batán y Granero sin los que se ofrecen fabricar de nueva planta…».

Y en lo referido a los ingresos del Priorato, percibe por rentas de las tierras de su propiedad y el molino, 292 fanegas de trigo 96 de centeno y 21 de cebada «…que reguladas cada fanega de trigo a trece reales, la de centeno a ocho y la de cebada a siete, por un quinquenio importan cuatro mil setecientos y un reales…» 700 reales de la renta del batán, 400 reales de renta por los pastos de la ribera del río, misas de encargo 1.030 reales, 162 de censos, 620 el valor de las rentas en forma de: 24 gallinas, 6 pavos, 120 libras de lino y 18 arrobas de tocino.

Y se advierte que en los referidos gastos no se incluyen los de «…seguimiento y defensa de algún derecho…» y «…obras de nueva planta…»

Más adelante se detallan las cantidades y lugares de procedencia de las rentas «de pan»; entre ellas: 197 fanegas de trigo y 27 de centeno por el molino y heredades en el término de San Frutos; en el Lugar de Frades 90 fanegas «…de pan, por mitad trigo y centeno de censo perpetuo por las heredades de este lugar, que todas eran propiedad del Priorato…»; en Villaseca 24 fanegas, mitad trigo y centeno, en Carrascal 43 fanegas, mitad trigo y cebada; 19 fanegas «…en el mismo término de San Frutos, trigo y centeno…» ; además tenía el Priorato arrendadas cantidades menores de tierras en: Cantalejo, Pecharromán, Navalilla, Vegafria, Fuenterebollo.

Por hacer comparación y tener más detalle en lo que al gasto se refiere disponemos de otro documento del año 1752 la “Relación hecha por el Prior de San Frutos Anselmo Arias Tejeiro de los bienes que poseían en el término privativo y gastos anuales” Lo recoge Soterraña Martín Postigo en su libro aquí citado (pag 245 a 265) y también Antonio Linage Conde en «Studia Monastica». Abadía de Monserrat. Vol. 56. Año 2014.

BURGOMILLODO: SEÑORÍO Y COTO REDONDO DE SAN FRUTOS DEL DURATÓN (y 2)

Pedro Hernando Arranz Madrid, a 4 de junio de 2021

Junto al sitio donde se estrecha el cañón, en donde se encuentra la pared de la presa, había un molino[1] harinero propiedad del Priorato y una casa donde residía al molinero y su familia; un molino grande, de dos ruedas, es decir, doble, que permitía por lo tanto moler simultáneamente con las dos piedras o al menos con una de manera continuada.

Aquí la descripción del molino[2]:

“Un Molino harinero con su maquinaria, presa y casa con sus habitaciones altas y bajas una destinada para ganados y otros usos independiente de las del Molino y como a 4 metros de distancia y dos Corrales cercados de canto seco, cubiertas sus paredes con barderas [bardas], que mide todo el edificio 23 metros de largo y 9 de ancho y sus linderos son por el frente donde tiene su puerta principal, derecha izquierda y espalda con terreno de esta hacienda siendo la medida de la casilla 11 metros de largo y 8 de ancho señalada con el núm 2 y con el 1 el molino lindando por los cuatro aires con esta Hacienda y la cuadra y pajar miden 15 metros de largo por 7 de ancho con los mismos linderos”

Al molino se llevarían a moler, aparte de los granos producidos en el coto redondo, los de los pueblos cercanos, Navalilla, Fuenterrebollo, estos pasando el puente[3], Hinojosas, Aldehuelas…; no sé si de Carrascal y Cobos, porque no conozco cuando fue construido el molino del primero de ellos; si era anterior o posterior a la construcción de la presa; por norte el molino siguiente estaba en San Miguel de Bernuy, y por el sur en la Molinilla.

El molino del Priorato estaba arrendado y el molinero trabajaría “a maquila”: retiene para sí, en pago de su trabajo una parte del trigo que los labradores le llevan a moler; existen varias referencias de cuantía de las rentas que el molinero debía pagar: en la indagación del Catastro de Ensenada: “…el molino está arrendado junto con el pasto de la parte de la Ribera que coge desde el canto de la reina hasta el puente del Burgo y con el derecho de pesca en el mismo distrito, en 140 fanegas de trigo 6 pavos 12 gallinas y 18 arrobas de tocino muerto cada año que regulada la fanega de trigo a 11 reales cada pavo a 7 y cada gallina a dos reales y medio y la arroba de tocino a 25 importa 2.062 reales de vellón de los cuales 50 reales consideran por razón de pasto y otros 50 de derecho de pesca del río.”[4]

«Traducido» el total, 2.062 reales, a fanegas serían 187 fanegas; la cantidad en reales se acerca a los 1.862, que figura en la “Relación hecha por el Prior de San Frutos Anselmo Arias Tejeiro de los bienes que poseían en el término privativo y gastos anuales” elaborada en el año 1752 [5]

En el contrato de arrendamiento que firman Manuel Ruiz Zorrilla y Francisco Arroyo, nuevos propietarios tras la desamortización, el 4 de enero de 1856 con el molinero Nicolás Alonso, ante el notario de Sepúlveda Benigno Velasco, la renta asciende a 240 fanegas de trigo.

B).- EL BATAN. Río arriba del molino, junto a la ermita de Santa Engracia, el Priorato había construido un batán destinado a compactar, enfurtir, tejidos, y que movía sus mazos con la fuerza hidráulica que le proporcionaba el agua del arroyo próximo. En el Catastro de Ensenada, año 1752, “…el batán está arrendado en 700 reales de vellón incluyendo también prados y pastos de la Ribera desde el canto de la Reina hasta el Portillo de la pez junto con el derecho de pescar en el citado distrito que estiman dichos prados pastos y pesca en 200 reales vellón incluidas en ello 2/3 partes de las 30 obradas de prados de secano que si arrendas en separadas valdrían 4 reales de vellón cada una…”

C).- LOS CAMINOS Y “LA SENDA DE LOS FRAILES” En la “explicación” que hacia 1770 hace Fray Simón Lexalde sobre el Priorato y su “término privativo” [6] describe así la zona del estrechamiento de las rocas junto al molino viniendo río abajo, donde hoy está pared de la presa: “…en llegando al molino se van juntando tanto las Peñas que para pasar a la Casablanca [la casa granero] no hay más sitio entre el río y la peña que el camino y aún en medianas crecientes el río lo coge todo de peña a peña y no se puede pasar sino a caballo o por una senda que del Molino a la Casa Blanca hay y que por ella en partes es menester ir gateando y con peligro de caer; a la otra parte del río en todo tiempo está cubierto de agua hasta la peña si no es en el rigor del verano…”

Ese estrecho y dificultoso paso debía ser traspasado para llevar el grano a moler desde los pueblos cercanos, situados a bastante mayor altura: Hinojosas, Aldehuelas, Navalilla, Fuenterrebollo…; el camino principal para llegar al Convento de la Hoz no atravesaba este paso sino que subía a la zona de Fuenterrebollo para bajar luego por el portillo de las tres Cruces; así se puede ver claramente en el cuadro pintado que se conserva en el archivo de la Chancillería de Valladolid; sí que existía sin embargo una senda denominada “senda de los frailes” que discurría paralela al río por su cauce; aún hoy podemos ves esa referencia en los planos de la concentración parcelaria recientemente llevada a cabo en el término de Carrascal (polígono 13).

D).-EL SEÑOR DONATO, DE VILLASECA, EMPLEADO EN EL BATÁN. Sería por el año 2002 cuando, sabedor del interés que yo tenía por el discurrir de la vida en la Hoces del Duratón, D. Isaac, párroco a la sazón de Cantalejo ( y de muchos pueblos de alrededor…y no tan de alrededor…) me puso en contacto con el señor Donato de Villaseca; tenía entonces 92 años y una memoria prodigiosa; en su casa y junto a su mujer me contó que conoció cómo era la zona antes de la construcción de la presa; cuando era mozalbete había trabajado en el batán al que desde la zona de Cantalejo se podía llegar por un nuevo camino que había mandado hacer Francisco Zorrilla, “don Paco”; me dijo que frente al batán había un puente de madera para vadear el río; creí entenderle que la manera de transportar las cargas para el batán era utilizando un apero tirado a la rastra por una caballería.

Es una pena que no hayan publicado en internet, fotografías de la construcción de la presa ejecutada en los años 20 del siglo pasado porque se hubiera podido ver cómo era este estrecho paso y el resto del cauce del río; es completamente lógico pensar, por lo extraordinario de la labor, que se hubiesen tomado imágenes, incluso filmaciones en película. Por mi parte hace ya años hice un intento en la compañía hidráulica FENOSA, sucesora final de las anteriores propietarias, pero no fue posible conseguirlo, a pesar del interés mostrado por la empresa; no se conservaban referencias gráficas de la construcción.

[1]  AHN Clero, leg 6260. Citado por MARTIN POSTIGO Soterraña “San Frutos del Duratón” (1980), pag. 261

[2] AHPSg.  Protocolo de 3 de octubre de 1903 ante el notario de Sepúlveda José Davila

[3]  Ibídem pag 95

[4] Ibídem pag 287

[5] Ibídem pag 261

[6] Ibídem pag 238, 239

BURGOMILLODO: SEÑORÍO Y COTO REDONDO DE SAN FRUTOS DEL DURATÓN (1)

Pedro Hernando Arranz. Madrid 2 de Junio de 2021

1.- PRIMEROS TIEMPOS. El 17 de agosto de 1076 (1) tiene lugar la firma del documento de la donación por parte de Alfonso VI al Monasterio de Santo Domingo de Silos del lugar y término de San Frutos “dentro de la tierra y términos de Sepúlveda”; en el documento se delimita la superficie del término donado, que río abajo llega por el norte hasta el llamado antiguamente Vado de Neguera (nada que ver con San Miguel de Neguera) próximo al cruce con la carretera que sube a Hinojosas.

Posteriormente Alfonso VII en 1126 confirma el privilegio al tiempo que otorga al Priorato la facultad de establecer colonos alrededor del Monasterio; asimismo amplía el privilegio con lo que se llama “el Fuero de San Frutos” que supone la constitución de un Señorío y por el que se dispone la forma de realizar la población por parte de los colonos; el Señorío tenia carácter territorial (un espacio delimitado sobre el que se ejercía el dominio) y también jurisdiccional; de acuerdo con esta última correspondía al Prior la jurisdicción civil y criminal, nombrando por lo tanto regidores de entre los colonos así como impartiendo justicia.

La denominación «coto redondo» deriva de que el espacio se delimita «en redondo» por el amojonamiento de toda la superficie, incluidos los cascos urbanos, vías de comunicación, puentes…

Transcripción del Privilegio de Alfonso VI aquí

2.- UN PRECIOSO MAPA EN LA CHANCILLERIA DE VALLADOLID: En el Archivo de la Chancillería de Valladolid se conserva una pintura del siglo XVIII, (circa 1787) http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/2116909?nm, óleo sobre lienzo, de medidas 144 x164 cm que fue pintado por Antonio Navarro, pintor al servicio de la Chancillería (la sede judicial de Castilla) al objeto de ser presentado como prueba en uno de los procesos judiciales que enfrentaron al Priorato con la Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda. De acuerdo con la ficha del Archivo corresponde a la “Demarcación hecha en el año de 1517 por el Receptor Pedro de Zisneros del termino propio del Monasterio de San Frutos y comun de vuestra tierra de Sepulveda. Receptor de Jº Nº Nicolas Serrador y Lomas.”

En el original puede apreciarse el sumo detalle con el que se han pintado las zonas boscosas, con un primoroso detalle de arbolado y de labrantía, ésta con dibujo del surcado; también los puentes (el del Burgo y el del Convento de la Hoz), cruceros y caminos, así como el relieve de las zonas de acantilados; están también dibujados los molinos de la Molinilla y del Burgo, el batán de Santa Engracia y las casas de los colonos de Burgomillodo; de estas se dibujan dos, que eran las únicas que en esa época había.

También recoge diversos nombres de parajes: La Bega (sic) Cotarrillo Bermejo, Cerro de Taragudo, Las Mirandas, Cueva de la Pez, Portillo de las tres cruces, Piolvan… El mapa nos permite confirmar que no había un camino que por el cauce del río subiera desde Burgomillodo al Convento de la Hoz; por lo escarpado del terreno éste discurría por la parte superior, del lado de Navalilla y Fuenterrebollo. En la siguiente entrada trataremos de los caminos.

3 EL TÉRMINO DE BURGOMILLODO Y EL COTO REDONDO DEL PRIORATO DE SAN FRUTOS

a).- El término de Burgomillodo, siguiendo lo que recoge el Catastro de Ensenada, 1752, “Se compone de cuatro mil y treinta y seis obradas a corta diferencia, de las cuales las treinta y una son de sembradura de segunda y setenta y cuatro de tercera, de prados treinta, de eras dos, de monte de enebro dos mil doscientas y sesenta, de lastrales ciento y veinte, de e pinar negral quinientas y diez y de infructífera mil y nueve”.

Estamos hablando por lo tanto de unas 1.000 hectáreas de las que solamente 42 producen cereales (105 obradas) y de las que, además, el 70% son de tercera calidad; nuevamente en el Catastro de Ensenada: “La obrada de sembradura de segunda calidad produce de trigo cinco fanegas y de cebada ocho y la de tercera si de trigo tres y de centeno cuatro”. He comprobado que poco más o menos es lo que viene recogido en por el Catastro de otros pueblos.

Haciendo cuentas y teniendo presente que las tierras de secano “producen con año intermedio”, es decir un año se siembran y el siguiente quedan barbechas, si la siembra fuera de trigo producirían: las 31 obradas de segunda clase, 77,5 (155/2) fanegas año y las 74 de tercera 111 (222/2) fanegas; en total en un año 188,5 fanegas que a 45 kilos aproximadamente la fanega son 8.482 kilos. De ello habría que deducir la cantidad necesaria para la siembra del año siguiente que viene a ser una fanega de trigo por cada obrada, las de segunda calidad y media las de tercera (del Catastro de Ensenada); en total 35 fanegas, unos 1575  kilos al año para sembradura, un 18%.

Los rendimientos de la producción en esa época, (y hasta hace menos de cien años…) no tenían nada que ver con los actuales. Actualmente una obrada de trigo de media en Segovia (media 2014-2018) da 21,9 fanegas de trigo (2.465 Kg por hectárea, 986 kg por obrada y la fanega 45 kg ) (2) los abonos actuales, inexistentes entonces, la calidad de las semillas y el hecho de no sembrarse “a surco” han incrementado espectacularmente los rendimientos del campo; y a es se añade el hecho de que ya no hay “producción con año intermedio”, ya no hay barbechos, lo que multiplica prácticamente por dos la producción.


b).-FINCAS SITUADAS EN EL TÉRMINO DE BURGOMILLODO Y QUE FORMAN EL COTO REDONDO PRIVATIVO DEL PRIORATO DE SAN FRUTOS (3)

Los documentos recogen la siguiente descripción de las fincas con información de su superficie, los parajes en que se encuentran, las lindes y la calidad del terreno:

1.-Un pedazo de tierra labrantía al sitio de La Vega de segunda calidad de nueve hectáreas, cuarenta y tres áreas y veinte y nueve centiáreas, linda a oriente con rediles del coto, poniente y mediodía con el río Duratón y al norte el Cotarrillo Bermejo

2.-Otro pedazo de tierra al Hoyal y Vallejo del encuentro de segunda calidad de dos hectáreas, diez y seis áreas y veinte centiáreas. Linda a oriente con dicho vallejo, al poniente con el camino de San Frutos, al mediodía con las peñas, y al norte con dicho camino y la carretada.

3.-Otro pedazo en el mismo coto redondo de tres hectáreas, cincuenta y tres áreas y sesenta y tres centiáreas de segunda calidad. La Escalada. Linda a oriente con la carretada, al poniente con majada del alamillo a mediodía con vallejo de la erilla y al norte con lastra y pastos de la Comunidad de Sepúlveda

4.- Otro pedazo de tierra donde llaman Pellería de tercera calidad de setenta y ocho áreas, sesenta centiáreas; linda a oriente con lastra y pastos de dicha Comunidad, al Poniente con las peñas del hoyal a Mediodía con el Vallejo de Valdepuerco y al Norte con la ombría de la Pellería.

5.- Otro pedazo de tierra a las eras de privates de cinco hectáreas, diez áreas y veinte y una centiáreas. Linda al saliente con reales y las casas, al Poniente con el camino a Carrascal y el río Duratón, a Mediodía con las eras y al Norte con la Vega del coto ; de tercera calidad en cuyo pedazo va incluida la era que mide diez y nueve áreas, sesenta y cinco centiáreas.

6.- Otro pedazo de tierra a las torrenteras, Hoyo de la Cueva honda y praderillas de tres hectáreas, noventa y cuatro áreas y cuatro centiáreas de tercera calidad. Linda a oriente con el Cotarrillo Bermejo, al Poniente el Vado de Neguera, Mediodía las Mirandas, y el río Duratón y Norte Arroyo de Cueva Honda y el término de Carrascal.

7.- Otro pedazo de tierra al sitio de los Pradillos de tercera calidad de tres hectáreas, trece áreas y tres centiáreas, linda a Oriente el río Duratón, poniente mojón divisorio del término de Carrascal y norte y sur el mismo río.

8.- Una cerca labrantía titulada Escobar, cercada de pared de canto seco de una hectárea y 37 áreas y 21 centiáreas de tercera calidad linda por todos los Aires con fincas del coto redondo.

9.- Una tierra de 39 áreas y 30 centiáreas nombrada el Castro, de tercera calidad pegante a la Iglesia de San Frutos que está rodeada de peñascos por todos los 4 vientos.

10.- Otra de 19 áreas 65 centiáreas al Vallejo de Valdepuerco, de tercera calidad encima del Batán que también está rodeada de peñascos.

11.-Una tierra al sitio de Las Rozas de 2 hectáreas 87 áreas y 78 centiáreas linda a Oriente Juan Rodrigo poniente y mediodía el reguero que baja al batán y norte el coto redondo

12.- una tierra al estío de Las Rozas de 2 hectáreas 32 áreas y 82 centiáreas linda a Oriente De Mateo González y Manuel García poniente de Pascual González mediodía Manuel García y el norte el camino de Sepúlveda

13.- una Ribera que en dicho coto está a medio día y saliente que comprende 500 obradas equivalentes a 196 hectáreas y 52 áreas de monte muy claro de enebro y entre ellos hay aunque pocos algunos pies para cabríos, linda al saliente con la carretada y Pillería mediodía y poniente con el río Duratón, y al norte las rinconadas y huerta romana en cuya Ribera se encuentran 20 nogalas nuevas que comienzan a dar frutos

14.- 420 obradas o 157 hectáreas de laderas que linda a la parte del río Duratón, hacia poniente con muchos peñascos y el monte de enebro claro a Oriente el río y Canto camino al sur con la majada de los lirios al norte con dicho río Duratón

15.- Un pinar negral con pies útiles de 3 hectáreas 93 áreas y 4 centiáreas linda a Oriente al poniente con pastos de la Comunidad de Villa tierra de Sepúlveda a mediodía con las Peñas de cuesta Moral, y camino Portillo de Fuenterrebollo y norte el término de Carrascal

Como se puede ver, las tierras más fértiles, de segunda calidad eran las situadas en lo que llamaban la Vega, el terreno situado entre el núcleo urbano de Burgomillodo y el vado de Neguera; prácticamente el resto, sobre todo las ubicadas en la parte alta del término eran de la calidad más baja.

Hay que decir que no toda la superficie del término de Burgomillodo era aquí el coto redondo y que algunas tierras de labranza no pertenecían al Priorato: de aquí la diferencia entre los datos del Catastro de Ensenada y los aquí recogidos como dentro del coto redondo. El origen está en la distinción entre lo “propio y privativo de San Frutos y lo “propio y comunero con la Villa y Tierra de Sepúlveda”.

C).-CASAS

Aquí la diferencia entre lo que el Catastro de Ensenada (1752) recoge y los datos de documentos de 1822 y posteriores es notable; en el primero a la pregunta sobre de qué número de vecinos se compone la población se contesta que tres, uno que vive en el molino, Martín Arranz otro en el batán, Pedro Matesanz y un tercero, rentero, Miguel Fresnillo en la casa granero; sin embargo, en estos últimos documentos ya son siete en 1822 y posteriormente diez. Lo que resulta muy extraño es que un solo colono pueda labrar todas las fincas del Priorato por lo que una hipótesis pueda ser que quienes las labraban, en su mayoría vivían, primeramente, a mediados del XVIII, en pueblos colindantes y que posteriormente se trasladaron a núcleo de Burgomillodo. En 1801 se habilitan junto al Priorato dos casas para los colonos que llevan en renta las tierras de las Rozas. En el Monasterio en 1752 estaban el Prior, Fray Anselmo Aras Texeiro (vicario y cura teniente de dicho monasterio y parroquia); compañero Fray Leonardo del Castillo; dos criados y dos criadas. (4)


Las casas que se citan son las siguientes

1.- Una casa con sus habitaciones cuadra y corral en la calle Real núm 6 manzana 7 que mide todo el edificio 13 metros de largo y 11 de ancho y linda por todos los 4 Aires de esta misma Hacienda. Bernarda Matesanz

2.- Otra casa con sus habitaciones cuadra y corral en la misma calle número 5 manzanas 7 que mide 13 metros de largo por 6 de ancha linda frente dicha calle Real y por todos los demás costados de esta Hacienda. Tomás Antona

3.- Otra casa con sus habitaciones cuadra y corral en la misma calle núm 4 manzana 7 que mide 13 metros de largo por 6 de ancho linda frente dicha calle y demás costados, de esta misma Hacienda Manuel Peña

4.- Otra casa con sus habitaciones cuadra y corral en dicha calle núm 3 manzanas 7 que mide 13 metros de larga por 6 de ancha y linda frente dicha calle Real y demás costados de esta Hacienda Manuel González

5.- Otra casa con sus habitaciones corral y cuadra en la misma calle Real núm2 manzanas 7 que mide 13 metros de larga por 9 de ancha linda frente dicha calle Real y por los demás costados de esta Hacienda Bernardo Alonso

6.- Un Granero con su cuadra en dicha calle Real núm8 manzanas 7 que mide 11 metros y medio de largo por 8 de ancho y partidos los 4 costados linda con casa de esta Hacienda Benito González

7.- Otra casa con sus habitaciones cuadra y corral en dicha calle núm 9 manzana 7 que mide 12 metros de larga por 9 de ancha y linda por los 4 costados de esta Hacienda Pascual González

8.- Otra casa con sus habitaciones cuadra y corral núm 7 manzana 7 que mide 12 metros de larga por otros 12 de ancha linda por todos los 4 costados de está hacienda Leonardo Poza

9.- Otra casa con sus habitaciones cuadra y corral Calle Real núm3 manzana 7 que mide 10 metros de larga por 8 de ancha y linda por la derecha el convento de San frutos izquierda espalda frente de esta Hacienda.

10.- otra casa con sus habitaciones cuadra y corral núm 4 manzana 8 en dicha calle Real que mide 10 metros de larga por 14 de ancha y linda por todos los 4 Aires de esta Hacienda

11.- otra casa con sus habitaciones cuadra y corral número 5 manzana 8 mide 9 metros de larga por 6 de ancha linda izquierda corral del convento de San frutos y por los demás costados de esta Hacienda.

En el próximo artículo escribiré acerca del molino, el batán, los puentes y los caminos.


(1) Sigo aquí a MARTIN POSTIGO Soterraña: “San Frutos del Duratón” (1980)

(2)https://agriculturaganaderia.jcyl.es/web/jcyl/binarios/349/277/20190724%20Cosecha%202019.pdf?blobheader=application%2Fpdf%3Bcharset%3DUTF-8&blobnocache=true. Página 3

(3) AHPSg.  3 de octubre de 1903 ante el notario de Sepúlveda José Davila. AHPSg Protocolo Protocolo 3.864, folios 232 y ss

(4) MARTIN POSTIGO Soterraña “San Frutos del Duratón” (1980), pag 168

TÉRMINO DE SAN FRUTOS: TRANSMISIONES DE PROPIEDAD TRAS LA DESAMORTIZACIÓN (y 3).

Pedro Hernando Arranz. 6 de Mayo de 2021

Habíamos visto cómo en 1853 Manuel Ruiz Zorrilla Sainz Pardo y Francisco Arroyo Arroyo habían adquirido el coto redondo de San Frutos en Burgomillodo, por compra Manuela Escorial, viuda del adjudicatario tras la desamortización, Antonio Redondo, vecino de Madrid. En 1868 fallece Manuel y el año siguiente su hijo y heredero de la mitad del coto Ildefonso, siendo a la sazón diputado en el Congreso por el distrito de Riaza-Sepúlveda.

1.- En 1885 compra por Francisco Arroyo de una cuarta parte. «Compra de una cuarta parte del Coto redondo por D. Francisco Arroyo a Dñª María Paz Romero y Doncell, viuda de d. Ildefonso Ruiz Zorrilla, hijo del condueño D. Manuel en escritura de cinco de Mayo de mil ochocientos ochenta y cinco otorgada en esta Villa ente el notario D. Angel Collado y Balza  que fue inscrita en el Registro de Propiedad a los folios 198 (158?) al 241 del libro 7º del Ayuntamiento de Carrascal y Burgomillodo, fincas número 778 a 805, inscripción número tres.»

2.- En 1889 fallece Francisco Arroyo a los 84 años y como su única hija, María Arroyo Ruiz Zorrilla había fallecido en 1874 deja como herederos a sus nietos Francisco y María [Ruiz] Zorrilla Arroyo. Francisco es quien hereda las tes cuartas partes del coto redondo.

3.- Compra por Francisco Zorrilla Arroyo (1872-1936) de la última cuarta parte del coto redondo. Francisco [Ruiz] Zorrilla Arroyo, el primero de los nietos de Francisco Arroyo, compró por doce mil quinientas pesetas a Luis Sanchez de Toledo Ruiz Zorrilla el 3 de Octubre de 1903 ante el notario de Sepúlveda José Davila, la última cuarta parte del coto redondo privativo de San Frutos, tras haberle correspondido las otras tres en el reparto de la herencia de su abuelo en 1901. En el documento de compraventa citado, Luis Sanchez de Toledo Ruiz Zorrilla , cuya cuarta parte en el coto redondo le había llegado por herencia de su madre, Teresa, hija de Ildefonso Ruiz Zorrilla, quiso que figurara una clausula según la cual «…es condición especial de este contrato que si durante diez años a contar desde esta fecha se llegase a realizar el proyecto de un salto de agua para trasformar en energía eléctrica, cuyo estudio a realizado reciéntemente el Ingeniero Don Enrique Morales con autorización firmada de los hasta hoy copropietarios de las fincas que se deslindan en esta escritura, el comprador se obliga a pagar en concepto de beneficio al vendedor Don Luis Sanchez de Toledo la cuarta parte del sobreprecio que pueda obtener el Molino y el Salto de agua él anejo, estimándolo hoy en cuarentamil pesetas.».

El inicio de la construcción de la presa fue en 1926 y su inauguración en 1929